Me despidieron… ¿y ahora qué? Las dudas más comunes ante un despido

En nuestro estudio, una de las consultas más frecuentes que recibimos tiene que ver con los despidos. Ya sea con o sin causa, este momento suele venir acompañado de incertidumbre, enojo y, sobre todo, muchas preguntas.

Es por que eso que armamos esta guía rápida con las dudas más comunes que escuchamos a diario y algunas respuestas clave para ayudarte a entender tus derechos como trabajador.

¿Me pueden despedir sin motivo?

Sí. En Argentina, el empleador puede despedir sin causa, pero tiene la obligación de pagar una indemnización completa. El despido sin causa no es ilegal, pero sí tiene un costo para el empleador.

Por eso, si te notifican un despido sin explicaciones claras, es fundamental que revises que te estén pagando lo que te corresponde por ley y que no firmes nada antes de consultar con un especialista.

¿Qué me tienen que pagar si me despiden?

En general, en un despido sin causa el empleador debe abonar:

  • Indemnización por antigüedad (un sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses)
  • Preaviso (o su indemnización si no se dio el aviso con anticipación)
  • Integración del mes de despido
  • Vacaciones no gozadas
  • SAC proporcional (aguinaldo)

Sin embargo, cada situación puede tener particularidades y podría corresponderte incluso una indemnización mayor en determinados supuestos. Ante esta situación, siempre es recomendable consultar con un profesional para analizar cuál seria la liquidación que te correspondería con mayor detalle.

¿Me pueden hacer firmar algo en el momento del despido?

Muchas veces el empleador pide que se firme un documento en el mismo momento en que se comunica el despido. Incluso a veces insisten en que es necesario que vos envíes un telegrama o comunicación por medio del Correo Argentino, y esto no es así. 

Es muy importante no firmar nada que no hayas leído con calma o que no entiendas completamente. 

Asimismo, es importante que quien comunique el despido por medio de carta de documento sea el empleador y no vos, porque en este último caso se podría tratar de una renuncia ”encubierta”. Si renunciaras, podrías perder el derecho a cobrar una indemnización.

Si es posible, consultá con un abogado o abogada antes de firmar. Podrías estar renunciando sin saberlo a montos que te corresponden legalmente.

¿Qué significa un despido “con causa”?

El despido con causa es aquel que se basa en una falta grave del trabajador, como incumplimientos reiterados en el tiempo, abandono de tareas o faltas disciplinarias graves. En este caso, el empleador no debería pagarte una indemnización.

Sin embargo, esa causa debe estar justificada y ser proporcional a la sanción. Si creés que el despido fue injustificado, podés impugnarlo y reclamar.

¿Qué puedo hacer si siento que el despido fue injusto?

Frente a un despido, tenés derecho a asesorarte legalmente. 

Aunque parezca que el despido tenga una “justificación”, esta justificación podría ser desproporcionada para un trabajador con mucha antigüedad y con un buen desempeño laboral a lo largo de los años de relación laboral.

Muchas veces, lo que parece una situación cerrada puede abrirse a una negociación, un reclamo o incluso a una revisión judicial, especialmente si hubo discriminación, irregularidades o falta de pago. Consultar a tiempo puede marcar una gran diferencia.

¿Qué pasa si la empresa dice que cierra y no me quiere pagar la indemnización?

En este último tiempo en la Argentina se repite una situación: empresas que dicen “cerrar” por dificultades económicas y, con ese argumento, no quieren pagar las indemnizaciones. Sin embargo, la ley no las exime automáticamente de hacerlo. Los problemas económicos o la falta de ventas son parte del riesgo propio de cualquier empresa, y ese riesgo no puede trasladarse al trabajador.

Solo en casos muy excepcionales el empleador puede pagar una indemnización reducida, pero para eso tiene que cumplir ciertos pasos formales y demostrar que el cierre fue real y ajeno a su voluntad. Por ejemplo, si se trató de una causa de fuerza mayor o de una crisis comprobada, y además si cumplió con el procedimiento correspondiente ante el Ministerio de Trabajo.

En la práctica, muchas empresas no cumplen con esos requisitos: cierran un local, cambian de nombre o razón social, o vuelven a contratar a parte del personal. En esos casos, los despidos se consideran injustificados y corresponde reclamar la indemnización completa.

Por eso, si te comunican un despido con el argumento de “cierre” o “crisis”, es importante que no firmes nada sin asesorarte antes. Impugnar esa supuesta causal de despido, reunir la documentación y las comunicaciones de la empresa puede ayudarte a reclamar correctamente lo que te corresponde.

En Estudio Fernández & Asociados acompañamos a trabajadores que atraviesan situaciones de despido, cierre de empresa o conflictos laborales, brindando asesoramiento claro y personalizado. Analizamos cada caso en detalle para determinar qué corresponde según la ley y cuál es la mejor forma de reclamarlo. Nuestro objetivo es que conozcas tus derechos y puedas hacerlos valer con respaldo profesional y confianza.

Contactate con nosotros para que podamos acompañarte desde el primer momento.

Estudio Fernandez & Asociados

Contacto 011-2742-8333 – Correo electrónico: estudiofernandezlegales@gmail.com

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